Admisión y requisitos

La Clínica Privada Pueyrredon reconoce dentro del marco de la Ley 26.529 los

DERECHOS ESENCIALES PARA EL PACIENTE

1. ASISTENCIA. El paciente, prioritariamente los niños, niñas y adolescentes, tiene derecho a ser asistido por los profesionales de la salud, sin menoscabo y distinción alguna, producto de sus ideas, creencias religiosas, políticas, condición socioeconómica, raza, sexo, orientación sexual o cualquier otra condición. El profesional actuante sólo podrá eximirse del deber de asistencia, cuando se hubiere hecho cargo efectivamente del paciente otro profesional competente;

2. TRATO DIGNO Y RESPETUOSO. El paciente tiene el derecho a que los agentes del sistema de salud intervinientes, le otorguen un trato digno, con respeto a sus convicciones personales y morales, principalmente las relacionadas con sus condiciones socioculturales, de género, de pudor y a su intimidad, cualquiera sea el padecimiento que presente, y se haga extensivo a los familiares o acompañantes;

3. INTIMIDAD. Toda actividad médico asistencial tendiente a obtener, clasificar, utilizar, administrar, custodiar y transmitir información y documentación clínica del paciente debe observar el estricto respeto por la dignidad humana y la autonomía de la voluntad, así como el debido resguardo de la intimidad del mismo y la confidencialidad de sus datos sensibles, sin perjuicio de las previsiones contenidas en la Ley Nº 25.326;

4. CONFIDENCIALIDAD. El paciente tiene derecho a que toda persona que participe en la elaboración o manipulación de la documentación clínica, o bien tenga acceso al contenido de la misma, guarde la debida reserva, salvo expresa disposición en contrario emanada de la autoridad judicial competente o autorización del propio paciente;

5. AUTONOMÍA DE LA VOLUNTAD. El paciente tiene derecho a aceptar o rechazar determinadas terapias o procedimientos médicos o biológicos, con o sin expresión de causa, como así también a revocar posteriormente su manifestación de la voluntad. Los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a intervenir en los términos de la Ley N° 26.061 a los fines de la toma de decisión sobre terapias o procedimientos médicos o biológicos que involucren su vida o salud.

En el marco de esta potestad, el paciente que presente una enfermedad irreversible, incurable o se encuentre en estadio terminal, o haya sufrido lesiones que lo coloquen en igual situación, informado en forma fehaciente, tiene el derecho a manifestar su voluntad en cuanto al rechazo de procedimientos quirúrgicos, de reanimación artificial o al retiro de medidas de soporte vital cuando sean extraordinarias o desproporcionadas en relación con la perspectiva de mejoría, o produzcan un sufrimiento desmesurado. También podrá rechazar procedimientos de hidratación o alimentación cuando los mismos produzcan como único efecto la prolongación en el tiempo de ese estadio terminal irreversible o incurable.

En todos los casos la negativa o el rechazo de los procedimientos mencionados no significará la interrupción de aquellas medidas y acciones para el adecuado control y alivio del sufrimiento del paciente;

6. INFORMACIÓN SANITARIA. El paciente tiene derecho a recibir la información sanitaria necesaria, vinculada a su salud de manera clara, suficiente y adecuada a la capacidad de comprensión del paciente, informe sobre su estado de salud, los estudios y tratamientos que fueren menester realizarle y la previsible evolución, riesgos, complicaciones o secuelas de los mismos. El derecho a la información sanitaria incluye el de no recibir la mencionada información;

7. INTERCONSULTA MÉDICA. El paciente tiene derecho a recibir la información sanitaria por escrito, a fin de obtener una segunda opinión sobre el diagnóstico, pronóstico o tratamiento relacionados con su estado de salud.

RECOMENDACIONES PARA LA PREPARACIÓN DEL PACIENTE QUIRÙRGICO

El baño Pre quirúrgico es de suma importancia para prevenir infecciones del sitio quirúrgico, en condiciones habituales la piel se encuentra poblada de gérmenes que conviven en equilibrio normalmente sin generar inconvenientes, al someterse a una cirugía se rompe la indemnidad de la piel en algunos sitios, que pasan a ser puertas de entradas para estos gérmenes que en esta situación se transforman en patógenos pudiendo ser responsables de infecciones que siempre son complicaciones no deseadas de una cirugía y que en casos extremos pueden tener severas consecuencias para con su salud.

Todos los pacientes deben tomar dos baños en su domicilio, utilizando jabón de Clorhexidina (Pervinox Clorhexidina jabón líquido, o similar).

- El primer baño se lo realizará la noche previa a la internación.

- El segundo baño el día de la cirugía antes de ingresar a la clínica.


¿Cómo debo realizar el baño pre quirúrgico?

Durante el mismo debe jabonarse la superficie corporal total NO debajo del agua, y dejar actuar durante al menos 3 minutos, teniendo especial atención en zonas de pliegues, región genital, ombligo (muy importante), axilas, luego enjuagarse y secarse bien con toallas limpias, cambiándose con ropa limpia cada vez.-

No depilarse el área quirúrgica antes de la cirugía por ningún método ya que el rasurado de ser necesario se realizará en la clínica.

Deberá presentarse el día de la cirugía:

- SIN esmalte en las uñas.

- SIN maquillaje y desprovisto de toda alhaja o accesorios.

- Con la compañía de un familiar.

- Por favor declare antes de ingresar a quirófano si tiene dentadura postiza.


Importante

A los pacientes que deben someterse a una intervención quirúrgica se les indique acercarse a la oficina de pre admisión para formalizar y controlar que estén realizadas todas las autorizaciones de las prácticas correspondientes.

El día que debe realizar la intervención y/o práctica, el paciente debe presentarse en admisión, como máximo, 2 horas antes.

CONDICIONES DE CONTRATACIÓN DE INTERNACIÓN

Tipos de habitaciones:

1. Habitación compartida.

2. Habitación individual.

3. Habitación categoría superior.


1. Será asignada a los pacientes que posean una cobertura social (financiador) que no contemple más que los servicios básicos de internación esto implica habitación compartida habitualmente doble o excepcionalmente triple.


2. Será asignada (según disponibilidad) a los pacientes cuya cobertura social (financiador) haya contratado el servicio previamente, o a aquellos pacientes que decidan abonar en forma particular mediante un copago que cubra la diferencia correspondiente, las condiciones de contratación de Internación en habitación individual implica una sola cama de internación por habitación . Contempla Para su acompañante, un sillón o silla para su reposo (esto significa que el acompañante, no se encuentra internado durante la estadía del paciente.
El pago de dicha comodidad deberá hacerse por adelantado los días que se presuma será ocupada la habitación, en el caso de otorgarse el alta con antelación corresponderá la devolución del monto equivalente a los días que no hubieren sido utilizados. Las altas se contabilizan como día nuevo después de las 10.30 hs, pasadas se cobrará día completo.


3. Son habitaciones con aire acondicionado televisor LED de 32 pulgadas, muebles bajo llave, con hotelería para el acompañante que incluye alimentación a la carta, provisión de agua mineral y amenities.
Las altas de internación deberán efectivizarse antes de las 10:30 de la mañana en el caso de retirarse de la habitación pasado este horario habiendo sido otorgada el alta médica corresponderá abonar un día adicional.
En caso de que no se cancelen las obligaciones habiéndose vencido el pago, el paciente deberá ser trasladado a una habitación compartida.